15 marzo 2011

CAMBIOS EN DECLARACIÓN PERSONAS MORALES 2011


Los principales cambios para la declaración anual de personas morales son la opción para presentar la información complementaria para no presentar dictamen, eliminación del acreditamiento del crédito fiscal del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), entre otras, señaló Jesús Rivera, director de operaciones de Impuestum contadores.

A continuación describiremos los principales cambios que sufrió el DEM Versión 2011 (1.5.2) en comparación con la versión 2010.

1.- Se incorpora en la carpeta “Datos de Identificación”, un renglón para poder indicar si se opta por presentar la información alternativa al dictamen de conformidad con el Decreto del 30 de junio de 2010, cuando la persona moral esté obligado a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales.

2. En la carpeta Determinación del impuesto sobre la renta, se elimina el acreditamiento del crédito fiscal IETU por deducciones mayores a los ingresos, de conformidad con la Ley de Ingresos de la Federación.

3. En esta nueva versión, ya no se incluyó información de operaciones de comercio exterior, para lo cual se eliminaron las carpetas “Datos informativos”, “Operaciones” y “Totales” del citado apartado.

La versión del DEM para el ejercicio fiscal sirve para presentar la declaración del ejercicio fiscal 2010 y hasta el ejercicio 2002.

La información necesaria para la presentación de la declaración anual 2010 entre otras:

  • Estado de posición financiera al 31 de diciembre (balance general).
  • Estado de resultados
  • Conciliación contable-fiscalv Pagos y/o declaraciones provisionales, mensuales y/o definitivos del 2010. Si no los ha presentado regularícelos previamente para poder hacer su declaración anual
  • Papeles de trabajo en los que calculó sus pagos provisionales de ISR, mensuales de IVA y IETU
  • Firma Electrónica Avanzada
En su caso, constancia de percepciones y retenciones y constancia de recaudación del IDE

NOTA. Recuerda que para poder efectuar correcciones en el llenado de la declaración anual de personas morales, NO se debe generar el archivo de envío, ya que una vez encriptada la declaración, ésta no podrá modificarse; por lo que en caso de requerir una corrección de cualquier dato, se deberácapturar nuevamente.

FUENTE: IMCP
Imprimir artículo

No hay comentarios:

Publicar un comentario


RECIBO ELECTRÓNICO DE PAGO (REP)