16 diciembre 2012

FELICIDADES!!!!!!!

gif makers


En estas fechas tan especiales quiero expresarles a todos mis lectores una Feliz Navidad y un Próspero Año Nuevo y decirles que ustedes son mi mayor motivación para seguir mejorando y esforzándome día a día, para lograr su satisfacción absoluta respecto al contenido de INFO FINANCIERO, CONTABLE Y FISCAL.

Muchas gracias por su confianza y preferencia y una vez más, que tengan unas hermosas Fiestas!!!!!!


14 diciembre 2012

SUA 3.3.8




La versión SUA 3.3.8 considera lo siguiente


Derivado a lo publicado en el DOF del 26 de noviembre de 2012, así como a las solicitudes de apoyo que ha expuesto el Sector Patronal referentes al registro de los Salarios Mínimos en las áreas geográficas, se ha simplificado la pantalla de captura de los mismos, de modo que el salario que se capture para el área geográficaA, se registre automáticamente para el área geográfica anterior B (misma que se integra con el área A).







Lo anterior como consecuencia a que la resolución publicada en el DOF del 26 de noviembre de 2012 indica:

  • Que los municipios que formaban parte del área geográfica B, pasan a formar parte del área geográfica A.
  • Renombrar a la actual área geográfica C como área geográfica B, sin ninguna modificación en su integración municipal ni en los montos de salarios mínimos general y profesional actuales para esa área geográfica C.


Cuando el patrón vaya a actualizar sus Salarios Mínimos, la pantalla del SUA 3.3.8 mostrará leyendas relacionando las Áreas Geográficas nuevas (A,B) y las anteriores (A,B,C).

Se seguirá trabajando con 3 columnas de Salarios Mínimos, tal y como se hace en versiones anteriores, pero a partir del 27 de noviembre de 2012 el monto del Salario Mínimo de las primeras 2 columnas será equivalente (ya que el área geográfica B se integró con el área A); y la última columna (nueva área B) tendrá el Salario del área anterior C, (ya que el Salario Mínimo del área C no se modifica, y dicha área se renombra como área B).

Actualización de los datos históricos vigentes del Índice Nacional de Precios al Consumidor y Porcentaje de Recargos, para el periodo de julio-1997 - noviembre-2012, lo cual permitirá que:
  • Los cálculos de Empresas Bipartitas así como los pagos extemporáneos se generen con los datos históricos correctos de los factores de índices y recargos referidos, teniendo el Patrón que registrar sólo los factores posteriores al periodo mencionado (diciembre-2012 en adelante).



Fuente: IMSS
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10 diciembre 2012

INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2013





El pasado viernes 7 de diciembre de 2012, el Ejecutivo presentó ante el Congreso de la Unión, la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.

Algunos de los puntos más importantes que contempla la Iniciativa son:  

1. Se mantiene el IETU y por ende la limitante para acreditar el IETU negativo contra el ISR.

2. Se confirma que para 2013 continuará la tasa del 30% corporativa y en tarifas de Personas Físicas.

3. Se propone que para efectuar las deducciones por honorarios médicos, dentales, gastos hospitalarios y colegiatura ya no podrán cubrirse en efectivo, sino por el sistema bancario: cheque, transferencia, tarjeta de crédito y débito.

4. El "nuevo" régimen de intereses bursátiles y bancarios será prorrogado un año más, a efecto de que su entrada en vigor ocurra hasta 2014.

5. Se mantiene la tasa del 4.9% relativa a intereses pagados a bancos extranjeros, con las mismas reglas que en 2012.

6. Se mantiene para 2013 la exención de retención de ISR sobre ganancias de Operaciones Financieras Derivadas de deuda a que se refiere el Art.199 de la Ley del ISR, relacionado con operaciones referidas, entre otros, a la TIIE.

7. Continúan vigentes en 2013 las reglas para fondos de pensiones extranjeros relativas a la exclusión de la ganancia inflacionaria a efectos del cómputo del 90% previsto en ley, para encuadrar en la exención respectiva.

8. En materia de estímulos fiscales se mantienen los contenidos en la Ley de Ingreso de la Federación para 2012.

Para ver el contenido completo clic aquí  


Fuente: IMCP
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05 diciembre 2012

ERROR AL INSTALAR SIPRED 2012






Después de la noticia por parte de las Autoridades de que el nuevo SIPRED 2012 ha sido liberado este 3 de Diciembre, nos hemos propuesto instalarlo para comenzar a revisar los cambios y novedades.

Para nuestra sorpresa y no obstante que en la página de SAT se indica que se realizará de forma automática, esto NO sucede, por lo que muchos usuarios intentan hacerlo como corresponde en estos casos que es desinstalando la versión anterior (Sipred 2011) e intentando instalar la nueva desde la página del SAT.

El procedimiento anterior ha resultado en una minoría de los casos, por lo que nos dimos a la tarea de buscar una solución a este problema y encontramos que en el 99% de los casos se arregla de la siguiente forma:

!!! Eliminando las librerías que se encuentran en la capeta de archivos temporales del usuario  !!!

Importante: Para realizar este procedimiento la Organización de las carpetas y archivos ocultos deberá estar configurada para “Mostrar archivos, carpetas y unidades ocultas“, si no cuenta con esta configuración o desea verificarlo proceda a lo siguiente:


  • Haga clic en [Inicio]
  • Ingrese a “Equipo”
  • Haga clic en Organizar, Opciones de Carpetas y búsqueda






  • Haga clic en la pestaña “Ver”.
  • Seleccione de “Archivos y carpetas ocultos” la opción “Mostrar archivos, carpetas y unidades ocultos”.





Una vez realizado lo anterior, procedamos a eliminar las librerías de la versión Anterior:

  • Desinstale SIPRED 2011, ingresando al Panel de Control, desde la opción: Desinstalar  un Programa.
  • Reiniciar el equipo.
  • Ingrese a la siguiente carpeta y elimine de este directorio la carpeta que se nombra con letras y números: C:\Usuarios\[Nombre de Usuario]\AppData\Local\assembly\dl3\
  • Ingrese a la siguiente carpeta y elimine de este directorio la carpeta que se nombra con letras y números: C:\Usuarios\[Nombre de Usuario]\AppData\Local\Apps\2.0\


!!! PROCEDA A INSTALAR SIPRED 2012 DESDE LA PAGINA DEL SAT ¡¡¡





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04 diciembre 2012

LIBERADO...DICTAMEN FISCAL POR INTERNET (SIPRED 2012)




Si usted dictamina sus estados financieros para efectos fiscales o es Contador Público Registrado, le recordamos que el dictamen fiscal, correspondiente al ejercicio fiscal 2012, se presenta según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer carácter alfabético del RFC, o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda. 


LETRAS DE LA CLAVE DEL RFCFECHA DE ENVIO
De la A a la Fdel 14 al 19 de junio de 2013
De la G a la Odel 20 al 25 de junio de 2013
De la P a la Z y &del 26 de junio al 01 de julio de 2013


Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal  a más tardar el 15 de julio de 2013.

INSTALACIÓN SIPRED 2010 AL 2012

1. Instalación del SIPRED 2012 por primera vez:


           Instale el SIPRED 2012  

2. Instalación del SIPRED 2012 cuando ya se tenga instalada la versión del SIPRED 2011:

           La instalación se realizara de forma automática cuando se   
           ingrese  al SIPRED y esté conectado a Internet, quedando 
           instalada la versión 6.0.0.7

2012


(812 Kb) SIPRED 2012.exe con Office 2007

(1018 Kb) Manual de instalación SIPRED 2012

(9863 Kb) Manual de usuario SIPRED 2012




Fuente: SAT
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SUA 3.3.7 YA DISPONIBLE POR ADECUACIÓN ZONAS SMG




Estimados amigos la reacción del IMSS a la súper adecuación que sufrió las zonas económicas del SMG no se hizo esperar así que ya tenemos la “actualización” del Parche SUA (RECUERDEN RESPALDAR ANTES DE INSTALAR)  ahora según la teoría del IMSS nos dice lo siguiente:

Antes de instalar la versión 3.3.7, favor de atender las acciones descritas en las Instrucciones de instalación detalladas en el siguiente archivo: 





La versión SUA 3.3.7 considera lo siguiente:

Dado que la resolución publicada en el DOF del 26 de noviembre de 2012 indica:


  • Que los municipios que formaban parte del área geográfica B, pasan a formar parte del área geográfica A.
  • Renombrar a la actual área geográfica C como área geográfica B, sin ninguna modificación en su integración municipal ni en los montos de salarios mínimos general y profesional actuales para esa área geográfica C.


Cuando el patrón vaya a actualizar sus Salarios Mínimos, la pantalla del SUA 3.3.7 mostrará leyendas relacionando las Áreas Geográficas nuevas (A,B) y las anteriores (A,B,C).

Se seguirá trabajando con 3 columnas de Salarios Mínimos, tal y como se hace en versiones anteriores, pero a partir del 27 de noviembre de 2012 el monto del Salario Mínimo de las primeras 2 columnas será equivalente (ya que el área geográfica B se integró con el área A); y la última columna (nueva área B) tendrá el Salario del área anterior C, (ya que el Salario Mínimo del área C no se modifica, y dicha área se renombra como área B).

Hay que tener mucho cuidado con el debido registro “duplicado” que tendrá ahora la zona B y la Zona “C” que para el SUA seguirá existiendo

Actualización de los datos históricos vigentes del Índice Nacional de Precios al Consumidor y Porcentaje de Recargos, para el periodo de julio-1997 - octubre-2012, lo cual permitirá que:

Los cálculos de Empresas Bipartitas así como los pagos extemporáneos se generen con los datos históricos correctos de los factores de índices y recargos referidos, teniendo el Patrón que registrar sólo los factores posteriores al periodo mencionado (noviembre-2012 en adelante).



Fuente: http://www.elnidodelseguro.com.mx
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30 noviembre 2012

NO TODA LA REFORMA LABORAL ENTRA EN VIGOR MAÑANA, CONSIDEREMOS QUE…






De todos ya es conocido que ayer 29/11/2012 se firmo el decreto presidencial sobre la Reforma a la Ley  Federal del Trabajo y hoy 30/11/20112 en la página oficial del DOF ya salió publicado el Decreto para sus efectos legales es decir seria vigente desde el 01 de Diciembre 2012,   esas modificaciones pero al respecto que tenemos que considerar los siguientes artículos transitorios:

1.   Décimo Primero. Los juicios iniciados con las disposiciones anteriores a la presente reforma deberán concluirse de conformidad con ellas.  (Esto quiere decir que a partir de la entrada en vigor de la Reforma todos los juicios se tiene que acatar con las nuevas disposiciones y los juicios hasta ayer que tenga recibidos las juntas en estos momentos se tiene que respetar los derechos de la LFT de 1970)

2.   Segundo(Primer Párrafo).   Los patrones contarán con treinta y seis meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para realizar las adecuaciones a las instalaciones de los centros de  trabajo, a fin de facilitar el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad.  (Esto quiere decir que se tiene 3 largos años para que todos los patrones OBLIGACIÓN GENERAL con mas de 50 trabajadores adecuen sus instalaciones para que las personas con discapacidad puedan acceder a ellas)


3.   Segundo (Segundo Párrafo)  Asimismo, los patrones contarán con doce meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para proceder a realizar los trámites conducentes para afiliar el centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. (El INFONACOT ya es obligatorio pero se cuenta con plazo de “gracia” para realizar los tramites de un año contado a partir de la publicación en DOF o sea hasta el día 01 de Diciembre de 2013)

4.   Cuarto.  La  Secretaría  del  Trabajo  y  Previsión  Social  deberá  expedir  las  tablas  de enfermedades de trabajo y de valuación de incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo, en un término de  seis m eses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto se seguirán aplicando las tablas a que se refieren los artículos 513  ‘y  514  que  se  reforman (Esto  quiere  decir  que  las  tablas  que  se  ocupan  para dictaminar las Incapacidades Permanentes y las Pensiones por Invalidez del IMSS se tiene que actualizar inmediatamente lo que provocaría aumentos en los porcentajes los cuales  afectarían  en  las  Declaraciones  de  Riesgos  de  Trabajo  de  cada  patrón correspondiente)




Fuente: http://elconta.com
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LA CARDÍACA PUBLICACIÓN DE LA REFORMA LABORAL 2012 Y SUS CUATRO PUNTOS PRINCIPALES A OBSERVAR.







El autodenominado “Presidente del Empleo” en un esfuerzo estructurado y coordinado con los integrantes del Poder Legislativo, y luego de mucho cabildeo con los diferentes representantes partícipes de la Relación Laboral, logró la aprobación y publicación de las Reformas en materia Laboral.

Si bien es cierto que existen muchos detractores de la Reforma, por considerarla incompleta y con ciertas deficiencias, representó el cumplir un reto, al menos personal para el ya cas i ex-presidente de la República. (Le resta un día en el cargo)

A continuación ponemos a su consideración los cuatro puntos que consideramos  principales de la Reforma Laboral:

SUBCONTRATACIÓN

Se regula el “outsourcing”  estableciendo condiciones y requisitos para su realización, destacando el hecho de que NO se puede subcontratar TODAS las actividades de la  empresa. Asimismo se
establecen supuestos y sanciones de “Outsourcing doloso”.

TIPOS DE CONTRATACIÓN

Se establecen tres tipos de Contratación Diversos a los existentes, como lo son el Contrato de Capacitación Inicial, el Contrato a  Prueba y el Contrato Discontinuo. Los numerales relativos pretenden dar certeza jurídica a las relaciones laborales que actualmente se presentaban de esa manera, respetando las prestaciones y derechos de los trabajadores, pero permitiendo al sector patronal optar por ellos de acuerdo a sus necesidades. A pesar de ser una novedad en la Ley Federal del Trabajo, en la realidad no es novedad este tipo de tratamiento, ya que de alguna manera ya estaba “legislado” (dicho a manera de analogía) por las jurisprudencias emitidas por los Tribunales Laborales.

NUEVAS CAUSALES DE RESCISIÓN Y PRECISIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Se establecen nuevas causas de rescisión sin responsabilidad para el patrón, a las faltas de probidad y honradez hacia los CLIENTES Y PROVEEDORES del patrón, el incumplimiento a requisitos formales, así como conductas sexuales impropias, estableciendo de manera más precisa el procedimiento para comunicar la rescisión al trabajador.

OBLIGACIONES PARA EL PATRÓN E INCREMENTO DE SUS SANCIONES

Se establecen diversas obligaciones formales para el patrón buscando un mayor compromiso del mismo en temas tales como otorgar prestaciones, seguridad e higiene en la empresa y atención a las auditorías o inspecciones por parte de las autoridades laborales. Para redondear el establecimiento de las obligaciones patronales, se actualizaron (incrementaron) los montos relativos a las multas para motivar el cumplimiento espontáneo de las citadas obligaciones.

 

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29 noviembre 2012

LA NUEVAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA PARA 2013



En este podcast el contador público Mario Alberto Rodriguez Rosales nos brinda los detalles sobre las nuevas normas de información financiera NIFs que entran en vigor el próximo año, además de hablar sobre los cursos que brindará el Colegio de Contadores Públicos de México con respecto a este tema.



Fuente: http://eleconomista.com.mx
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26 noviembre 2012

PATRONES DE LA ZONAS ECONÓMICA “B” Y “C” DEBEN CAMBIAR SUS FACTORES DE COP IMSS SUA Y RETENCIONES INFONAVIT




Damas y caballeros el pasado viernes 23 de Noviembre la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos dio a conocer por medio de un Boletín de Prensa publicado en su sitio web, y hoy lunes  en el DOF salió oficialmente publicado y a partir del martes 27 de Noviembre todos los municipios catalogados por la CONASAMI como Zona económica “B” ser trasladados a la Zona “A” y desaparece la zona “C” para ser trasladados a la Zona “B” para efectos de pagar el Salario Mínimo General, recordando que el famoso SMG solo sirve actualmente como dato económico para cálculos de Seguridad Social y multas en nuestro país.

Precisamente ahora a partir del martes 27 de Noviembre, ahora todos los patrones que se encontraban en la Zona B(fusión con Zona A)  y Zona C(traslado a B) para efectos del Seguro Social y el INFONAVIT deberán ajustar tanto sus sistemas para el pago de Nóminas, así como el respectivo Sistema Único de Autodeterminación, ahora bien, viéndolo por ese lado no se les haga extraño que se tenga que emitir un nuevo “parche” o actualización para eliminar los parámetros de la Zona “B”

Ahora bien que municipios deberán ahora pagar COP IMSS y las Amortizaciones INFONAVIT con el salario de $ 62.33, estos son lo siguientes:

NOMBRE DE ENTIDAD
NOMBRE DE MUNICIPIO
Jalisco
Guadalajara
Jalisco
El Salto
Jalisco
Tlajomulco de Zúñiga
Jalisco
Tlaquepaque
Jalisco
Tonalá
Jalisco
Zapopan
Nuevo León
Apodaca
Nuevo León
San Pedro Garza García
Nuevo León
Gral. Escobedo
Nuevo León
Guadalupe
Nuevo León
Monterrey
Nuevo León
San Nicolás de los Garza
Nuevo León
Santa Catarina
Sonora
Altar
Sonora
Atil
Sonora
Bácum
Sonora
Benjamín Hill
Sonora
Caborca
Sonora
Cajeme
Sonora
Carbó
Sonora
La Colorada
Sonora
Cucurpe
Sonora
Empalme
Sonora
Etchojoa
Sonora
Guaymas
Sonora
Hermosillo
Sonora
Huatabampo
Sonora
Imuris
Sonora
Magdalena
Sonora
Navojoa
Sonora
Opodepe
Sonora
Oquitoa
Sonora
Pitiquito
Sonora
San Miguel de Horcasitas
Sonora
Santa Ana
Sonora
Sáric
Sonora
Suaqui Grande
Sonora
Trincheras
Sonora
Tubutama
Sonora
Benito Juárez
Sonora
San Ignacio Río Muerto
Tamaulipas
Aldama
Tamaulipas
Altamira
Tamaulipas
Antiguo Morelos
Tamaulipas
Ciudad Madero
Tamaulipas
Gómez Farías
Tamaulipas
González
Tamaulipas
El Mante
Tamaulipas
Nuevo Morelos
Tamaulipas
Ocampo
Tamaulipas
Tampico
Tamaulipas
Xicoténcatl
Veracruz de Ignacio de la Llave
Coatzintla
Veracruz de Ignacio de la Llave
Poza Rica de Hidalgo
Veracruz de Ignacio de la Llave
Tuxpan




Ahora la ZONA “B” será conformada por los siguientes municipios debiendo se considerar un Salario Mínimo General de $59.08

Todos los municipios de los Estados de Aguascalientes,Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro de Arteaga, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas; todos los municipios del Estado de Chihuahua excepto Guadalupe, Juárez y Praxedis G. Guerrero; todos los municipios del Estado de Guerrero excepto Acapulco de Juárez; todos los municipios del Estado de Jalisco excepto Guadalajara, El Salto, Tlajomulco de Zúñiga, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan; todos los municipios del Estado de México excepto Atizapán de Zaragoza, Coacalco de Berriozábal, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Naucalpan de Juárez, Tlalnepantla de Baz y Tultitlán; todos los municipios del Estado de Nuevo León excepto Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, Santa Catarina, San Nicolás de los Garza y San Pedro Garza García; los municipios de Aconchi, Alamos, Arivechi, Arizpe, Bacadéhuachi, Bacanora, Bacerac, Bacoachi, Banámichi, Baviácora, Bavispe, Cumpas, Divisaderos, Fronteras, Granados, Huachinera, Huásabas, Huépac, Mazatán, Moctezuma, Nácori Chico, Nacozari de García, Onavas, Quiriego, Rayón, Rosario, Sahuaripa, San Felipe de Jesús, San Javier, San Pedro de la Cueva, Soyopa, Tepache, Ures, Villa Hidalgo, Villa Pesqueira y Yécora, del Estado de Sonora; los municipios de Abasolo, Burgos, Bustamante, Casas, Cruillas, Güémez, Hidalgo, Jaumave, Jiménez, Llera, Mainero, Méndez, Miquihuana, Padilla, Palmillas, San Carlos, San Nicolás, Soto la Marina, Tula, Victoria y Villagrán, del Estado de Tamaulipas; y todos los municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, excepto Agua Dulce, Coatzacoalcos, Coatzintla, Cosoleacaque, Las Choapas, Ixhuatlán del Sureste, Minatitlán, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Poza Rica de Hidalgo y Tuxpan

Asi que estimados amigos hay que ir tomando medidas al respecto en sus Nóminas y a esperar el nuevo parche o actualización del Sistema Unico de Autodeterminación IMSS

Saludos

Fuente: http://www.elnidodelseguro.com.mx

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RECIBO ELECTRÓNICO DE PAGO (REP)