30 enero 2012

PRIMERA EVALUACIÓN AL SIPRED 2011


C.P.C. Miguel Ángel Calderón Sánchez
Integrante de la Comisión del IMCP Representativa Ante las Autoridades de Fiscalización del SAT

El 22 de diciembre de 2011, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) emitió en el Boletín de Noticias Fiscales número 22, la siguiente información:

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal de Internet www.sat.gob.mx, el Anteproyecto del Anexo 16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012 que contiene los instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público registrado, y de los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el contador público, por el ejercicio fiscal de 2011, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2011 (SIPRED 2011).

Asimismo, en el Boletín 23 de Noticias Fiscales emitido por el mismo Instituto, se informa que:

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal de Internet www.sat.gob.mx, el Sistema de presentación de la Información Alternativa al Dictamen (SIPIAD), y el Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (SIPRED), ambas versiones 2012, (sic) cuando se instalan por primera vez o, cuando ya se tenga instalada una versión anterior.

Aun cuando el 28 de diciembre de 2011 se publicó que ya estaba listo el Anexo 16 de la Resolución Miscelánea para 2012, este no fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), sino hasta el 10 de enero de 2012.

En cuanto al SIPRED, es necesario comentar que quienes ya tenemos instalada esta aplicación, hemos podido percatarnos de que al abrir el programa Excel, este se actualiza de manera automática, como sucede con otros programas de nuestro equipo.

Básicamente, la operación del SIPRED 2011 es igual que en la versión de 2010 con algunas adecuaciones; sin embargo, algunos errores detectados en la versión anterior no han sido corregidos en el sistema actualizado.

FUENTE: http://www.imcp.org.mx
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

25 enero 2012

PROBLEMA ERROR SUA 3.3.2 CON WINDOWS 7, VISTA Y XP – SOLUCIONADO



Para los que tienen problemas al instalar el complemento o parche del SUA en su Versión 3.3.2, les informo que hay una solución la cual es desinstalar todos los complementos y el propio SUA anterior.

Atención: para hacer esto es necesario respaldar antes de hacer la desinstalación
Lo pueden hacer desde el panel de control / Desinstalar un programa / ya estando dentro desinstalaran el SUA y complementos del SUA anterior desde el 3.3.1, 3.3.0, etc…


Una vez que hayan desinstalado los programas mencionados anteriormente procedemos a instalar la Versión del SUA 3.3.2 para Windows 7, Vista y XP disponible en la pagina del IMSS a la cual pueden acceder desde este enlace:  SUA 3.3.2 Windows 7, Vista y XP


 FUENTE: http://contadormx.com/
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

24 enero 2012

INSTALE EL NUEVO SUA 3.3.2




En Febrero se debe realizar la determinación de la Prima de Riesgo de Trabajo. Deberá actualizar el SUA a la Versión 3.3.2


Las funciones del SUA 3.3.2 son las mismas de la versión 3.3.1 liberada el pasado 19 de enero; por lo que con este nuevo sistema se puede generar un nuevo reporte referente a la Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, en el cual se muestran las incapacidades de los trabajadores del patrón activo.



Versión SUA

 


Instrucciones de instalación del SUA:
1. Antes de instalar la versión 3.3.2, favor de atender las acciones descritas en las Instrucciones de instalación detalladas en el siguiente archivo: 

Instructivo instalación versión SUA 3.3.2 (243 Kb) PDF



2. La versión SUA 3.3.2 considera lo siguiente:

  • Actualización de las tablas y reportes para el cálculo de la Determinación de la Prima de Riesgo de Trabajo.
  • Actualización de la rutina de generación del archivo del "Cálculo de Prima de RT" cuando se selecciona más de un Registro Patronal para el cálculo.
  • Adición del mensaje descriptivo cuando se intenta guardar en unidades de red no disponibles o en una unidad de CD: “La unidad no está disponible para guardar el archivo, seleccione otro destino”.
  • Ajuste en la generación del archivo Afil.txt al ejecutar la opción "Utilerías / Exportar Datos a Txt's".
  • Modificación en la pantalla "Actualizar Patrones", cambiando el texto del botón “Eliminar” ubicado en la sección de Prima de RT por el texto “Eliminar Prima”.
  • Ajuste a las validaciones del campo RFC del patrón.
  • Inhabilitación de la captura de la letra Ñ en el campo del Folio de Incapacidad.
  • Ajuste al sistema para que permita eliminar el movimiento de Incapacidad importado.
  • Ajuste a los reportes “Cédula de Determinación de Cuotas” y “Cédula de Determinación de Cuotas Extemporáneo” para que muestren los datos de totales y de algunas ramas cuando se calcula un registro patronal modalidad 38.
  • Validación al realizar el cálculo oportuno o extemporáneo de la correcta captura del Salario Mínimo vigente a partir del 01 de enero de 2012.
  • Actualización de los datos históricos vigentes del Índice Nacional de Precios al Consumidor y Porcentaje de Recargos, para el periodo de julio-1997 a diciembre-2011, lo cual permitirá que:
    • Los cálculos de Empresas Bipartitas así como los pagos extemporáneos se generen con los datos históricos correctos de los factores de índices y recargos referidos, teniendo el Patrón que registrar sólo los factores posteriores al periodo mencionado (diciembre-2011 en adelante).


Mejoras:
  • Adición de un nuevo reporte en la opción "Determinación de Prima de RT / Obtención de Reportes", con los datos de Incapacidades de todos los trabajadores del patrón activo.


FUENTE: http://www.imss.gob.mx/patrones/sua/Pages/index.aspx
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

PRESENTA INFONAVIT PROGRAMA DE DICTAMINACIÓN VOLUNTARIA DE PATRONES OMISOS




Programa de Dictaminación Voluntaria de Patrones Omisos
Dictaminación Voluntaria.
 
El Infonavit apoya a los patrones para el cumplimiento de sus obligaciones patronales con el Programa de Dictaminación Voluntaria de Patrones Omisos.

Con este Programa, el Infonavit les apoya a regularizar su situación fiscal dando cumplimiento voluntario a sus obligaciones patronales mediante la presentación del Dictamen para efectos de Infonavit, que consiste en el informe que emite un contador público autorizado por el Instituto específicamente sobre su situación en materia de aportaciones y entero de descuentos ante el Instituto . Dicho dictamen se emite por el o los ejercicios fiscales con base a diversas reglas y normas.

Para cumplir con este objetivo, se ha establecido el siguiente mecanismo: 
Primero: Registrar aviso al Infonavit ingresando solicitud de atención en el portal del Centro de Comunicación Empresarial Infonavit dentro de los 5 días siguientes a la recepción de la Invitación a adherirse al Programa de Dictaminación Voluntaria de patrones Omisos que el patrón recibió en su domicilio.

Segundo: Presentar Aviso de Dictamen por el o los ejercicios que tenga que regularizar y posteriormente presentar dictamen Infonavit en los términos y plazos que la Ley del Infonavit señala. 
Es importante resaltar, que si tus trabajadores se encuentran bajo la modalidad de “outsourcing” eres obligado solidario en caso de que tus trabajadores no estén cubiertos con respecto al Infonavit.

 
Dictamen Infonavit marco legal.
Ley del Infonavit, Artículo 29, Fracción VIII. Último párrafo Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al Infonavit. Capítulo V (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 1997): regula lo correspondiente a la opción para dictaminarse por contador público autorizado. 
Área responsable de su actualización:
Gerencia de Recaudación y Servicio al patrón
Fecha de última actualización: 20 de enero del 2012.


FUENTE: http://www.infonavit.org.mx/
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

22 enero 2012

IMSS RECOMIENDA NO INSTALAR PARCHE SUA 3.3.1 Y ESPERAR LA VERSIÓN 3.3.2




ATENCIÓN!!!!!!


A través de la página de descargas del SUA IMSS se anuncia lo siguiente:


Luego entonces es mejor esperar a la próxima semana, mientras tanto si ya se tiene instalado el parche 3.3.1 se recomienda respaldar su información. NO ES MOTIVO DE PREOCUPACIÓN ya que se actualizara en breve dicho parche.

Si aun no se instalaban este complemento es mejor esperar.

FUENTE: IMSS
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

19 enero 2012

SUA 3.3.1 LIBERADO




Autor: Gabriel Aranda Zamacona
Experto en Seguridad Social


Después de casi cumplir un año sin actualizarnos el IMSS Apenas hace unas horas salió publicado el nuevo parche del SUA, recordando  que falta todavía el parche para la modificación de la cuota del seguro de vivienda del INFONAVIT,  de mientras hay que actualizar el SUA MUCHO CUIDADO SI VAN A PRESENTAR su Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, ya que este parche hace una nueva rutina de calculo


La versión SUA 3.3.1 considera lo siguiente:

1.  Actualización de las tablas y reportes para el cálculo de la Determinación de la Prima de Riesgo de Trabajo.

2.  Actualización de la rutina de generación del archivo del "Cálculo de Prima de RT" cuando se selecciona más de un Registro Patronal para el cálculo.

3.  Adición del mensaje descriptivo cuando se intenta guardar en unidades de red no disponibles o en una unidad de CD: “La unidad no está disponible para guardar el archivo, seleccione otro destino”.

4.  Ajuste en la generación del archivo Afil.txt al ejecutar la opción "Utilerías / Exportar Datos a Txt’s".

5.  Modificación en la pantalla "Actualizar Patrones", cambiando el texto del botón “Eliminar” ubicado en la sección de Prima de RT por el texto “Eliminar Prima”.

6.  Ajuste a las validaciones del campo RFC del patrón.

7.  Inhabilitación de la captura de la letra Ñ en el campo del Folio de Incapacidad.

8.  Ajuste al sistema para que permita eliminar el movimiento de Incapacidad importado.

9.  Ajuste a los reportes “Cédula de Determinación de Cuotas” y “Cédula de Determinación de Cuotas Extemporáneo” para que muestren los datos de totales y de algunas ramas cuando se calcula un registro patronal modalidad 38.

10.  Validación al realizar el cálculo oportuno o extemporáneo de la correcta captura del Salario Mínimo vigente a partir del 01 de enero de 2012.

11.  Actualización de los datos históricos vigentes del Índice Nacional de Precios al Consumidor y Porcentaje de Recargos, para el periodo de julio-1997 a diciembre-2011, lo cual permitirá que:

Los cálculos de Empresas Bipartitas así como los pagos extemporáneos se generen con los datos históricos correctos de los factores de índices y recargos referidos, teniendo el Patrón que registrar sólo los factores posteriores al periodo mencionado (diciembre-2011 en adelante).


Mejoras:

Adición de un nuevo reporte en la opción "Determinación de Prima de RT / Obtención de Reportes", con los datos de Incapacidades de todos los trabajadores del patrón activo.



FUENTE: http://www.elnidodelseguro.com.mx/
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

12 enero 2012

CONDICIONES GENERALES PARA TRAMITAR LA DEVOLUCIÓN DE LA SUBCUENTA DE VIVIENDA 97




Condiciones para tramitar la devolución de la Subcuenta de Vivienda 97:

  1. Debes estar pensionado y contar con el dictamen de pensión en los términos de la Ley del Seguro Social de 1973, expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  2. Debes ser el titular de la pensión. En el caso de que el titular haya fallecido, los beneficiarios deben acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje para hacer el trámite de designación de beneficiario.
  3. Debes contar con saldo en su Subcuenta de Vivienda1997.
  4. No debes tener un crédito del Infonavit vigente.
  5. No debes estar en proceso de aclaración de homonimia.
  6. El saldo de tu Subcuenta 97 no debe haber sido traspasado a tu Afore. Si este es tu caso, debes hacer el trámite en tu Afore.
  7. Estás en caso de homonimia si tu nombre es exactamente igual al de otra persona y es necesario aclarar a quién de los dos pertenecen los fondos.

Pasos a seguir para la devolución de la Subcuenta de Vivienda 97:

Primero deberás identificar el grupo al que perteneces:



  1. Llenar solicitud vía www.infonavit.org.mx o vía telefónica al 018000083900 ó 91715050.
  2. Se realizan las validaciones correspondientes por parte de Infonavit.
  3. Se contacta al trabajador y se concertará una cita para que acuda al CESI el día y hora que mejor le convenga.
  4. Acude puntualmente a su cita con los documentos que se soliciten.
  5. Firma de conformidad la cantidad a devolver.
  6. Se realizará depósito electrónico a la cuenta bancaria que proporcione el trabajador.
PARA SEGUIR LEYENDO DA CLIC DEBAJO...

DECRETO QUE REFORMA LA LEY



El del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores dio a conocer el día de hoy (12 de enero) a través del Diario Oficial de la Federación, entre otros temas, el Decreto por el que se reforman los artículos 43, 44 y 47 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el octavo transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicado el 6 de enero de 1997.


Entre las modificaciones que contempla este Decreto, se encuentran las siguientes:

  • Las aportaciones, así como los descuentos para cubrir los créditos que otorgue el Instituto que reciban las entidades receptoras autorizadas conforme a esta Ley, deberán ser transferidas a la cuenta que el Banco de México le lleve al Instituto, en los términos y conforme a los procedimientos que se establezcan en el Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
  • El Instituto también otorgará, a solicitud del trabajador créditos, en pesos o veces en salarios mínimos, conforme a las reglas que al efecto determine su Consejo de Administración, las cuales deberán propiciar que las condiciones financieras para los trabajadores no sean más altas que las previstas en los párrafos anteriores y previendo en todo momento las medidas para que se preserve la estabilidad financiera del Instituto y se cubran los riesgos de su cartera de créditos.
  • El trabajador tiene derecho a recibir un crédito del Instituto, y una vez que lo haya liquidado podrá acceder a un nuevo financiamiento por parte del Instituto en coparticipación con entidades financieras.


FUENTE: IMCP
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA




La Secretaría de la Función Pública dio a conocer el día de hoy (11 de enero) a través del Diario Oficial de la Federación, entre otros temas, el Decreto por el que se expide la Ley de Firma Electrónica Avanzada.


La presente Ley es de orden e interés público y tiene por objeto regular:

  1. El uso de la firma electrónica avanzada en los actos previstos en esta Ley y la expedición de certificados digitales a personas físicas;
  2. Los servicios relacionados con la firma electrónica avanzada, y
  3. La homologación de la firma electrónica avanzada con las firmas electrónicas avanzadas reguladas por otros ordenamientos legales, en los términos establecidos en esta Ley.
FUENTE: IMCP
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

ANEXO 16 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2012, PUBLICADA EL 28 DE DICIEMBRE DE 2011




La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (10 de enero) a través del Diario Oficial de la Federación, entre otros temas, el Anexo 16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada el 28 de diciembre de 2011.


Este anexo se integra de los instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público registrado, y de los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el contador público, por el ejercicio fiscal del 2011, utilizando el sistema de presentación del dictamen 2011 (sipred'2011), aplicable a los tipos de dictámenes que se mencionan.


FUENTE: IMCP-SAT
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

09 enero 2012

NOVEDADES EN EL DEM 2012



Como ya deben saberlo, el pasado 2 de enero del presente año el SAT publicó a través de su portal de internet la versión 1.5.3 del software DEM, el cual es utilizado para la elaboración y presentación de la Declaración Anual de Personas Morales correspondiente al ejercicio fiscal de 2011 y anteriores hasta 2002.

Analizando los distintos anexos incluidos en el formulario 18 “Personas Morales del Régimen General”  de este software, me encontré con varias modificaciones y novedades las cuales comento a continuación:

1. Anexo D “Inversiones”: se eliminan los 2 renglones de datos informativos sobre el ISR ya que se mueven al anexo I

  • Total del estímulo por proyectos de investigación y desarrollo tecnológico de ejercicios anteriores aplicados en el ejercicio.

  • Total del estímulo por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional de ejercicios anteriores aplicados en el ejercicio
2. Anexo G “Datos Informativos del Costo de Ventas Fiscal
  • Se modifica el renglón “Monto de la mano de obra y los gastos indirectos de deducción fiscal” el cual ahora será “Monto de la materia prima consumida, mano de obra y los gastos indirectos deducibles”
3. Anexo G “Datos de algunas deducciones autorizadas
  • Se incluye un nuevo renglón “Deducción por concepto de ayuda alimentaria para los trabajadores”
4. Anexo I “Determinación del Impuesto Sobre la Renta”
  • Se adiciona renglón con la “Deducción adicional del fomento al empleo” antes de la determinación del Resultado Fiscal
  • Se incluye renglón con la disminución “Estimulo a proyectos de inversión de la producción teatral nacional”
  • Se elimina el renglón “ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU
  • Se incorpora una sección nueva de “Datos Informativos” en donde se incluyen los 2 renglones mencionados en el punto 1 así como
a) Total de estímulo a proyectos de inversión en la producción teatral nacional de ejercicios anteriores aplicado en el ejercicio
b) Deducción adicional del fomento al primer empleo no aplicada
c) Monto aplicado del estímulo fiscal de chatarrización
  • Se agrega otra sección informativa con datos relacionados al Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos (ISTUV)

5. Anexo “IETU”:
  • Se agregan los siguientes renglones:
a) Ingresos exentos agropecuarios
b) Ingresos exentos por enajenación de partes sociales, documentos pendientes de cobro, y títulos de crédito
c) Ingresos exentos de fondo de pensiones y jubilaciones del extranjero
d) Ingresos exentos de caja de ahorro
e) Otros ingresos exentos
f) Monto total de pagos por sueldos y salarios gravados
g) Monto total de aportaciones de seguridad social patronales
h) Crédito por deducciones mayores a los ingresos pendientes de aplicar
  • Se eliminan los siguientes renglones:
a) ISR pagado en exceso aplicado contra el IETU
b) “Deducción de Inversiones” dentro de la sección de Datos Informativos

Como podrán observar, a este nuevo DEM se le adicionaron prácticamente solo datos informativos, pero principalmente hay que resaltar todos los nuevos datos que se solicitan en el anexo del IETU.

Relacionado con lo antes comentado, la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011 establece en su artículo 21 fracción II numeral 1, la obligación de presentar una declaración informativa del IETU por este ejercicio, en donde los contribuyentes deberán presentar a las autoridades fiscales, en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración del ejercicio, la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el IETU del ejercicio fiscal de 2011, en el formato que establezca para tal efecto el SAT mediante reglas de carácter general. Esta información inclusive se deberá presentar cuando en la declaración del ejercicio de 2011 no resulte impuesto a pagar.

Al día de hoy el SAT no ha expedido las reglas particulares para el cumplimiento de esta obligación, pero derivado de la inclusión en el DEM de varios datos informativos en el anexo de IETU, pareciera ser que con la presentación de la declaración anual se entenderá por cumplida esta obligación.

Solo habra que esperar de manera oficial en reglas misceláneas lo antes comentado.


FUENTE: http://www.fiscalito.com
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

05 enero 2012

ANEXOS 3, 5, 7, 8, 11, 13, 15, 17 Y 18 DE LA MISCELANEA FISCAL 2012



El día de hoy se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los anexos 3, 5, 7, 8, 11, 13, 15, 17 y 18 de la Resolución Miscelanea Fiscal para 2012 los cuales contienen entre otras cosas lo siguiente:

Anexo 3  Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.
Permanecen sin cambios respecto a los de 2011.

Anexo 5  Cantidades actualizadas establecidas en el CFF y Regla I.12.2 de la RMF 2012.

Anexo 7  Acciones, obligaciones y otro valores que se consideran colocados entre el gran público inversionista.


Anexo 8 Tarifas para pagos provisionales y retenciones.
Permanecen sin cambios respecto a los de 2011.

Anexo 11 Catálogo de claves de tipo de producto, Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados, Catálogo de claves de entidad federativa, Catálogo de claves de graduación alcohólica, Catálogo de claves de empaque, Catálogo de claves de unidad de medida.

Anexo 13  Áreas geográficas destinadas para la preservación de flora y fauna silvestre y acuática.

Anexo 15 Tarifa para la determinación del Impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN).

Anexo 17  Características técnicas, de seguridad y requerimientos de información del sistema de cómputo de los operadores y/o permisionarios, Requisitos que deben cumplir las personas que soliciten ante el SAT autorización como Proveedor de Servicio, Especificaciones técnicas del servicio que prestará el Proveedor de Servicio Autorizado, y características técnicas, de seguridad y requerimientos de información que deberán cumplir los sistemas del citado Proveedor, entre otros.

Anexo 18  De los controles volumétricos para gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz y gas licuado de petróleo para combustión automotriz, que se enajene en establecimientos abiertos al público en general”

Estos anexos pueden ser descargados desde la siguiente liga

FUENTE: SAT-FISCALITO.COM
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

02 enero 2012

NUEVA VERSIÓN DEL PROGRAMA ELECTRÓNICO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS MORALES



Nueva versión 1.5.3 del programa electrónico para la presentación de la Declaración Anual de personas morales.

Podrá presentar su declaración con la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) o con su Firma Electrónica Avanzada (Fiel), recuerde que es necesario contar con certificado vigente de Fiel; si no lo tiene o ya se venció, le sugerimos acudir a las administraciones locales de Servicios al Contribuyente o módulos de Servicios Tributarios para obtenerlo. Solicite una cita a través de INFOSAT: 01 800 46 36 728.

 
Consulte los
 requisitos para acudir a su cita.

 
Versión del sistema DEM (2012) V. 1.5.3, para elaborar y presentar la Declaración Anual de personas morales correspondiente al ejercicio fiscal de 2011 y hasta 2002. También puede ser utilizado por las empresas que entren en liquidación durante el 2012 para presentar la declaración correspondiente a este ejercicio.

 

Versión del sistema DEM V. 1.5.3, provistas de un asistente de instalación:


Descargue e instale en su PC, el siguiente archivo (12,059 kB)

DEM_2012.exe y siga las indicaciones del asistente de instalación.



El archivo DEM_2012.exe, incluye el sistema DEM, así como los formularios 18, 19, 20 y 21. El proceso de instalación se realiza automáticamente en la siguiente ruta de su disco duro c:\dem_12\anuales

Manual del usuario:


Manual de instalación:



FUENTE: SAT
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

ANEXO 20 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2012, PUBLICADA EL 28 DE DICIEMBRE DE 2011


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (30 de diciembre) a través del Diario Oficial de la Federación, entre otros temas, el Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada el 28 de diciembre de 2011, que contiene lo siguiente:

Medios electrónicos

I. Del Comprobante Fiscal Digital:

A. Características técnicas del archivo que contenga el informe mensual de comprobantes fiscales digitales emitidos
B. Estándar de comprobante fiscal digital
C. Generación de sellos digitales para comprobantes fiscales digitales

II. Del Comprobante fiscal digital a través de Internet:

A. Estándar de comprobante fiscal digital a través de Internet
B. Generación de sellos digitales para comprobantes fiscales digitales a través de Internet
C. Estándar y uso del complemento obligatorio: Timbre Fiscal Digital del SAT
D. Estándar del servicio de cancelación
E. Especificación técnica del código de barras bidimensional

III. De los distintos medios de comprobación digital:

A. Estándares y especificaciones técnicas que deberán cumplir las aplicaciones informáticas para la generación de claves de criptografía asimétrica a utilizar para Firma Electrónica Avanzada
B.Uso de la facilidad de nodos opcionales <Complemento> y <ComplementoConcepto>
C. Uso de la facilidad de ensobretado <Addenda>

FUENTE: SAT-IMCP
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!

RECIBO ELECTRÓNICO DE PAGO (REP)