24 enero 2012

PRESENTA INFONAVIT PROGRAMA DE DICTAMINACIÓN VOLUNTARIA DE PATRONES OMISOS




Programa de Dictaminación Voluntaria de Patrones Omisos
Dictaminación Voluntaria.
 
El Infonavit apoya a los patrones para el cumplimiento de sus obligaciones patronales con el Programa de Dictaminación Voluntaria de Patrones Omisos.

Con este Programa, el Infonavit les apoya a regularizar su situación fiscal dando cumplimiento voluntario a sus obligaciones patronales mediante la presentación del Dictamen para efectos de Infonavit, que consiste en el informe que emite un contador público autorizado por el Instituto específicamente sobre su situación en materia de aportaciones y entero de descuentos ante el Instituto . Dicho dictamen se emite por el o los ejercicios fiscales con base a diversas reglas y normas.

Para cumplir con este objetivo, se ha establecido el siguiente mecanismo: 
Primero: Registrar aviso al Infonavit ingresando solicitud de atención en el portal del Centro de Comunicación Empresarial Infonavit dentro de los 5 días siguientes a la recepción de la Invitación a adherirse al Programa de Dictaminación Voluntaria de patrones Omisos que el patrón recibió en su domicilio.

Segundo: Presentar Aviso de Dictamen por el o los ejercicios que tenga que regularizar y posteriormente presentar dictamen Infonavit en los términos y plazos que la Ley del Infonavit señala. 
Es importante resaltar, que si tus trabajadores se encuentran bajo la modalidad de “outsourcing” eres obligado solidario en caso de que tus trabajadores no estén cubiertos con respecto al Infonavit.

 
Dictamen Infonavit marco legal.
Ley del Infonavit, Artículo 29, Fracción VIII. Último párrafo Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al Infonavit. Capítulo V (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 1997): regula lo correspondiente a la opción para dictaminarse por contador público autorizado. 
Área responsable de su actualización:
Gerencia de Recaudación y Servicio al patrón
Fecha de última actualización: 20 de enero del 2012.


FUENTE: http://www.infonavit.org.mx/
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