28 septiembre 2012

DESCARGAR SUA 3.3.6 NUEVO COMPLEMENTO PARA CALCULAR IMSS SAR E INFONAVIT




Para calcular los próximos pagos de SUA lo deberás hacer en la versión 3.3.6, esta  nueva versión o complemento trae como modificación principal que calculara las amortizaciones de los trabajadores con las nuevas opciones de crédito del Infonavit.

Nueva Versión del SUA (SUA 3.3.6) y sus Motivos:

Cambios en el SUA (versión 3.3.6)


Los cambios principales que se realizaron en el SUA consisten en el registro de la cuota fija monetaria de amortización de los segundos créditos, ya que ésta se hace en pesos en lugar de en “veces salarios mínimos” como ocurre con la mayoría de los créditos que otorgaba el Infonavit.

Los segundos créditos deberán ser registrados en pesos y por lo tanto, en la nueva versión del SUA se permite el registro de los mismos considerando descuentos iguales o superiores a los 10 mil  pesos.

Motivos:

Como parte de las reformas a la Ley del Infonavit los derechohabientes tienen la opción de solicitar un segundo crédito denominado Infonavit más Crédito con el Instituto lo que les permite atender sus nuevas necesidades de vivienda que surgen por el crecimiento de la familia, o bien la posibilidad de incrementar su patrimonio.

Los trabajadores podrán solicitar este préstamo una vez que hayan liquidado el primer crédito que se les otorgó (al menos un año de haberlo hecho), 5 años de cotización continua al Instituto y se denominará en pesos. La administración y originación del crédito será exclusiva del Infonavit.

Los cambios en la Ley de Instituto a favor de los trabajadores implican la adecuación de los servicios y plataformas tecnológicas con las que cuenta el
Infonavit  para la originación, cobro y liberación de estas nuevas opciones de crédito.

Por lo anterior se han realizado modificaciones a este sistema a fin de que se puedan registrar y reportar las amortizaciones que se retienen al trabajador y que son enteradas al Instituto para el pago de los créditos.

Por tal motivo, a partir la última semana de septiembre, los patrones podrán descargar una nueva versión del SUA (SUA 3.3.6) que ya incluye los cambios que les permitirán cumplir con sus obligaciones incluyendo aquellos trabajadores que hayan originado un segundo crédito con el Infonavit.

Los patrones deberán contar con esta nueva versión para poder registrar y operar los casos de los trabajadores que tienen un segundo préstamo a partir del
20 de noviembre, como pago oportuno para el 5° bimestre del  2012.

¿Cómo operará el registro de las amortizaciones? Los patrones pueden registrar descuentos por amortización de dos formas: individual y masiva (1 o más registros).

Registro Individual: Anteriormente el campo de “valor de descuento” permitía solamente capturar hasta cuatro enteros y dos decimales.  La versión del SUA 3.3.6 ahora permite capturar cinco enteros y dos decimales.

Registro masivo: Cuando el patrón registre un segundo crédito para uno o más trabajadores puede hacerlo importando un archivo txt que se carga en el SUA 3.3.6.   El archivo en formato txt deberá considerar en el campo de “valor de descuento” incluir un número que contenga cinco enteros y tres decimales.

Ejemplos:




Descarga la nueva versión del SUA 3.3.6

La nueva versión del SUA (SUA 3.3.6) está disponible desde la última semana de septiembre en el portal del Infonavit así como en el portal del IMSS. 

La descarga es muy sencilla, solamente se deberá dar “clic” en archivo ejecutable que permite hacer la descarga en unos cuantos minutos.





FUENTE: http://contadormx.com
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13 septiembre 2012

GUÍA DE RECEPCIÓN DE DICTAMEN DEL EJERCICIO 2011 (IMSS)





Como es de su conocimiento, el 1 de octubre de 2012 es la fecha límite para la entrega de los dictámenes emitidos para efectos del Seguro Social, por el ejercicio 2011.

En tal virtud, la Dirección de Incorporación y Recaudación emitió el día de hoy el Oficio Circular número 044, por el que se dan a conocer a todos los órganos operativos desconcentrados de este Instituto, las directrices que deberán seguir en el proceso de recepción de los referidos dictámenes.

Por lo anterior, se anexa al presente el citado Oficio Circular, para su conocimiento y efectos pertinentes.


Para ver el contenido completo clic aquí


FUENTE: IMCP
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DICTÁMENES IMSS E INFONAVIT




Los dictámenes del Seguro Social y del Infonavit son exámenes realizados por contadores públicos autorizados, quienes emiten una opinión sobre el cumplimiento de obligaciones del patrón  ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).

En el caso del Seguro Social, el dictamen es obligatorio para las empresas que hayan tenido en promedio 300 trabajadores o más en el ejercicio anterior al dictaminado y respecto al Infonavit, a la fecha, dicho dictamen es voluntario.

La visión hoy en día es que los dictámenes se pueden usar como herramientas de evaluación para las empresas, considerando que son realizados a través de pruebas selectivas que realiza una persona externa, es decir, el contador público autorizado que se contrate, y que como resultado de su análisis informa a la dirección de la empresa y a los accionistas cuál es la situación que guarda su negocio respecto del cumplimiento de las obligaciones en esta materia.

El proceso para presentar los dictámenes ante las autoridades inicia presentando un aviso ante cada uno de los institutos a más tardar el 30 de abril de cada año y el plazo para presentar el resultado a través del dictamen ante las autoridades máximo el 30 de septiembre, en el caso del Seguro Social, y en el de Infonavit dentro de los seis meses posteriores a la presentación del aviso de dictamen.

Los beneficios de dictaminarse para los patrones son:

No serán sujetos de visitas directas de auditoría por parte de dichos institutos, por el ejercicio dictaminado en el caso del Seguro Social, y en el Infonavit aplicaría al ejercicio dictaminado y anteriores.

En el supuesto de que se hubieran emitido por parte de los institutos cédulas de liquidación por diferencias en el pago de cuotas obrero-patronales, y aportaciones y créditos, y los dictámenes se encontrarán en proceso de elaboración, el contador público las considerará como parte de su revisión.

En caso de que, producto del dictamen, se determinen diferencias, podrán pagarlas en parcialidades mensuales.

Una vez concluidos y presentados los dictámenes no se emitirán a su cargo por el ejercicio dictaminado cédulas de liquidación por diferencias derivadas del procedimiento de verificación de pagos, a excepción de las de retiro, cesantía y vejez, en el caso del Seguro Social.

Otro punto importante es que para la empresa debe servirle como un examen de esta naturaleza, como una herramienta de control, ya que a través de la carta de observaciones le podrán dar a conocer debilidades de control interno en las áreas de nóminas, recursos humanos e impuestos; percepciones que se estén integrando a los salarios en forma errónea, provocando pagos en las contribuciones de seguridad social en exceso e insuficiencia; casos de personal por honorarios y/o asimilables a salarios que pudieran calificar como empleados; determinar si la empresa está adecuadamente clasificada conforme a sus actividades, o bien conocer si son adecuados los criterios de retención a los trabajadores con créditos de vivienda, etcétera.

Finalmente vale la pena evaluar el costo que puede generar a los patrones el incumplimiento de alguna obligación, contra el costo de realizar una revisión que proporcione la tranquilidad y seguridad de que están cumpliendo razonablemente con sus obligaciones en materia de Seguro Social e Infonavit.

El presente articulo fue elaborado por el C.P. Leobardo Muñoz Tapia.
Integrante de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social del CCPM
Socio de impuestos en Business Intelligence Advisory.
Miembro del Consejo Consultivo del Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.



FUENTE: http://www.fiscalito.com
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RECIBO ELECTRÓNICO DE PAGO (REP)