Se dieron a conocer los lineamientos a los que se sujetarán los patrones que opten por dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Infonavit, por el ejercicio 2010 y anteriores
Presentación del aviso
Los avisos de dictamen por el ejercicio 2010 deberán exhibirse dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior, esto es, de enero a abril de 2011, para lo cual tendrán que presentar la siguiente documentación:
- formato de "AVISO PARA LA PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN", (DI-01 Presentación de aviso.doc), por empresa señalando todos los Registros patronales en el campo establecido dentro del propio formato
- layout en Excel 97-2003
- copia de la constancia de registro del contador público autorizado
Tratándose de ejercicios anteriores, el aviso podrá exhibirse en cualquier momento.
Dictamen Infonavit
Tendrá que presentarse dentro de un plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso.
Para tal efecto, los patrones deberán de entregar la documentación e información siguiente:
- carta de presentación del dictamen, en original y copia, por empresa y por ejercicio fiscal (Carta de presentación D.I.doc)
- opinión, utilizando los formatos: sin salvedad (sin pago), sin salvedad (con pago), con salvedad, abstención de opinión y opinión negativa
- copia del acuse de recibo del aviso del dictamen presentado ante el Infonavit
- disco compacto con:
- una relación en archivo de Excel 97-2003, con grupos relacionados por tipo de opinión (Relación de grupos de opinión D.I...xls), y
- anexos del Dictamen en archivos de Excel 97-2003 conteniendo máximo 20 registros patronales; los archivos deberán elaborarse de acuerdo con el layout ya establecido desde 2008 (layouts_Dictamen Infonavit.pdf)
Lugar de presentación
Ambos trámites deberán realizarse en la oficina de fiscalización de la delegación que corresponda al domicilio fiscal del patrón
FUENTE: IDC ONLINE
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