El día de hoy (29 de julio de 2011), la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público dio a conocer en el Diario Oficial de la
Federación (DOF), las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio
Exterior para 2011.
La presente resolución entrará en vigor el 31 de julio de 2011, con excepción de lo siguiente:
I. Lo dispuesto en la regla 1.9.15., entrará en vigor a los tres meses siguientes a su publicación en el DOF.
II. Lo relativo a las fracciones arancelarias 2906.29.05, 2912.29.02 y 2916.39.99 comprendidas en el Anexo 10, apartado A, sector 3 y Anexo 21, apartado A, fracción II, así como las claves “NE” y “NS” del Apéndice 8 del Anexo 22, entrarán en vigor a los treinta días siguientes a su publicación en el DOF.
III. Lo dispuesto en las reglas 1.9.14. y 2.4.12., entrarán en vigor a partir del 2 de enero de 2012.
IV. Lo dispuesto en la regla 3.8.4., fracción VI, entrará en vigor el 1 de octubre de 2011.
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FUENTE: IMCP
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