08 julio 2011

DEVOLUCIÓN ELECTRÓNICA DE IMPUESTOS ENTRARÁ EN VIGOR HASTA SEPTIEMBRE DE 2011



Todo parecía indicar que sería el 1 de Julio cuando entraría en vigor la obligación de presentar sólo por vía electrónica las solicitudes de devoluciones de impuestos, lo anterior de conformidad a lo señalado en el cuarto transitorio de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010.

Sin embargo la Resolución Miscelánea Fiscal 2011, una vez más, difiere, 2 meses más la entrada en vigor del trámite de las devoluciones de impuestos de manera electrónica.

Y es que de conformidad con el artículo décimo noveno transitorio de la Miscelánea Fiscal 2011, publicada el viernes 1 de Julio en el Diario Oficial de la Federación, el esquema de devolución electrónica de impuestos resultará aplicable hasta el 31 de agosto de 2011 por lo que consecuentemente las devoluciones electrónicas entran en vigor el 1 de septiembre de 2011.

Décimo Noveno. Lo dispuesto en el Artículo Cuarto Transitorio de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, publicado en el DOF el 24 de mayo de 2011, resultará aplicable hasta el 31 de agosto de 2011.

FUENTE: FISCALITO.COM

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