01 junio 2011

NORMA DE CONTROL DE CALIDAD SOLICITUD DE REGISTRO AL PADRÓN DE FIRMAS, MANIFESTACIÓN Y CUESTIONARIO SOBRE EL CUMPLIMIENTO FECHA LÍMITE PARA SU PRESENTACIÓN 30 DE JUNIO DE 2011


El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Control de Calidad, a cargo del C.P.C. Francisco Álvarez Romero, informan que en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 1.04 de la Norma de Revisión del Sistema de Control de Calidad Aplicable a las Firmas de Contadores Públicos que Desempeñan Auditorías y Revisiones de Información Financiera, Trabajos para Atestiguar y otros Servicios Relacionados (NRCC), se requiere su difusión entre la membrecía, para la manifestación y contestación del cuestionario ambos emitidos por la Comisión Técnica de Calidad.

Los socios de los Colegios Federados, deberán registrarse en el padrón de Firmas ante la Comisión Administradora de Calidad del IMCP llenando el formato, a más tardar el 30 de Junio de 2011.

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 3.01 Fracción I de la NRCC, damos a conocer los formatos para la “SOLICITUD DE REGISTRO AL PADRÓN DE FIRMAS”, y la liga correspondiente para su llenado en línea, aplicable a las Firmas de Contadores Públicos:
  1. Persona Física, quién lo ejercen a título individual
    (https://nrcc.imcp.org.mx/personas-fisicas).
  2.  
  3. Persona Moral, los Socios y/o Asociados de todos sus integrantes
    (https://nrcc.imcp.org.mx/persona-moral).
Se anexa la liga para descargar los formatos de la Manifestación y cuestionario aplicables a las Firmas de Contadores Públicos suscrita por el Socio Director General, en las que deberá declarar bajo protesta de decir verdad, que cumple con dicha normatividad, y que su Firma cuenta con un sistema de control de calidad.

Los formatos deberán ser enviados mediante la “Solicitud de Registro al padrón de Firmas” a la Comisión Técnica de Calidad del IMCP, a más tardar en la fecha límite.

Para cualquier duda o aclaración, se encuentra disponible el formulario de contacto (http://nrcc.imcp.org.mx/contacto) de la Comisión Técnica de Calidad.

El contenido de este folio, es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

FUENTE: IMCP
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