El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de su Vicepresidencia de Fiscal y de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS), presidida por el C.P.C. Ubaldo Díaz Ibarra, da a conocer que la C. Cristina González Medina, Directora de Incorporación y Recaudación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), mediante oficio número 09 52 17 9000 / 037 del 3 de agosto de 2011, recibido por nosotros el día de hoy, nos solicita difundir entre nuestros agremiados, lo siguiente:
Considerando que el 30 de septiembre de los corrientes, vencerá el plazo para la recepción de los dictámenes emitidos por los Contadores Públicos Autorizados (CPA´s) para efectos del Seguro Social, y con la finalidad de unificar los criterios en las subdelegaciones del Sistema Nacional, se detallan los puntos a considerar respecto de la documentación e información que deberá requerirse, así como las actividades que habrán de evitarse en el desarrollo de la recepción del dictamen.
1. Documentación que el patrón o el CPA debe presentar
Documentación en papel.- Se presentará en el
Departamento de Auditoría a Patrones de la subdelegación que corresponda
al domicilio fiscal del patrón, dos Legajos que contengan la totalidad
de los registros patronales vigentes, asignados por el IMSS dentro del
ejercicio o periodo dictaminado; mismos legajos que deberán estar
integrados con los siguientes documentos:
Asimismo, se indica la documentación que no deberá requerirse al momento de la presentación del dictamen, por considerarse que la misma forma parte del cuaderno del dictamen.
En cuanto a los patrones de la industria de la construcción, se indica la información que deberá contener el legajo correspondiente.
Documentación a presentar cuando se dictamine vía SUDI.- Por aquellos patrones que optaron por presentar el aviso de dictamen a través del SUDI (Sistema Único de Dictamen), vía electrónica, se señala la información que deberá entregarse.
2. Documentación complementaria
En este apartado se establece que deberá acompañarse la
balanza de comprobación analítica, como complemento del cuadernillo del
dictamen.
3. Presentación de avisos afiliatorios y movimientos salariales
Se precisa que tipo de documentación se deberá presentar
al Área de Afiliación de la Subdelegación correspondiente a cada centro
de trabajo, así como la que deberá entregarse al Área de Auditoría a
Patrones correspondiente a cada centro de trabajo.
4. Consideraciones especiales
Causas para la no aceptación del dictamen.- Se establece
que el personal de auditoría a patrones de las subdelegaciones al
momento de recibir el dictamen, no deberá realizar cuestionamiento
alguno sobre las cifras u operaciones; por lo que sólo deberá verificar
que la opinión del dictamen se apegue al texto autorizado por el IMSS y
que el cuadernillo contenga todos los anexos.
Pago de cuotas sin presentar avisos afiliatorios.- Cuando el patrón realice pagos para regularizar las omisiones en la integración del salario base de cotización o afiliación de trabajadores al régimen obligatorio, pero omite la presentación de los avisos respectivos, se precisa que deberá emitirse necesariamente una opinión “sin salvedades”, incluyendo el texto que se señala en el documento adjunto.
Documentación comprobatoria de pagos.- Se señala la documentación que deberá adjuntarse al legajo, cuando se determinen diferencias, tanto en cuotas de seguro social, como en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
FUENTE: IMCP
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