06 marzo 2014

SE ACABA EL TIEMPO!!! MIGRACIÓN TOTAL A CFDI



31 de marzo será último día de esquemas transitorios de comprobación


De acuerdo con el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) vigente a partir del 1 de enero de 2014, todos los contribuyentes obligados a expedir comprobantes fiscales, deben hacerlo utilizando el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

No obstante lo anterior, a través de disposiciones transitorias de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 se establecieron algunas prórrogas en esta materia, las cuales están próximas a vencer.

Se otorgó hasta el 31 de marzo de 2014 para que las personas indicadas a continuación, expidieran los siguientes comprobantes:

  • Personas físicas con ingresos no superiores a 500 mil pesos:
    • Expedir Comprobante Fiscal Digital (versión 2.2)
    • Expedir comprobante impreso con Código de Barras Bidimensional (CBB)
    • No expedir CFDI por los pagos de salarios y asimilados

  • Personas físicas del Régimen de Incorporación
    • No expedir CFDI por los pagos de salarios y asimilados

  • Personas físicas con ingresos superiores a 500 y personas morales
    • Diferir la expedición de CFDI por los pagos de salarios y asimilados



Por lo anterior, a partir del 1 de abril estas personas tendrán las siguientes obligaciones:

  • Personas físicas con ingresos no superiores a 500 mil pesos:
    • Expedir CFDI por sus operaciones
    • Expedir CFDI por los pagos de salarios y asimilados

  • Personas físicas del Régimen de Incorporación
    • Expedir CFDI por sus operaciones
    • Expedir CFDI por los pagos de salarios y asimilados

  • Personas físicas con ingresos superiores a 500 y personas morales
    • Continuar expidiendo CFDI por sus operaciones
    • Expedir CFDI por los pagos de salarios y asimilados por los pagos realizados a partir del 1 de abril de 2014
    • Expedir CFDI por los pagos de salarios y asimilados por los pagos realizad a desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2014


El inicio de la generalización del CFDI es el 1 de abril de 2014; es decir, la fecha queda a menos de un mes de distancia. Es sumamente importante que aquellos contribuyentes que aún no han comenzado su migración lo hagan cuanto antes, pues el proceso no es sencillo.

Articulo completo en: http://www.fiscalia.com
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compártelo!!

clic en imagen


No hay comentarios:

Publicar un comentario


RECIBO ELECTRÓNICO DE PAGO (REP)