¿Cuantas veces nos hemos encontrado que en nuestros negocios hay mercancia obsoleta y que ya no se vendera?, y hacen la pregunta al contador ¿cuando la deduzco si no se vendera?
Los contribuyentes antes de destruir la mercancía que perdió valor deben ofrecerla en donación a donatarias autorizadas asistenciales, de lo contrario no será deducible de sus inventarios.
Esto es si es sujeta la mercancia a donacion hacerlo, de lo contrario proceder a destruir.
Para ello el SAT pone a disposición una nueva herramienta informática de acceso público que permite de manera eficiente, ágil y sobre todo transparente en cada etapa de su procedimiento la consulta, registro, y seguimiento sobre deducción por destrucción o donación de mercancías que perdieron valor.
Contribuyente | Donataria autorizada asistencial |
1. Ingresa con tu Fiel | 1. Ingresa con tu Fiel |
2. Ofrece mercancía | 2. Solicita mercancía |
3. Establece contacto con la donataria autorizada | 3. Recoge y recibe la mercancía donada |
4. Entrega la mercancía | 4. Informa el destino de la mercancía |
5. Si cumple requisitos recibe tu factura electrónica | 5. Emite factura electrónica |
Consulta los avisos registrados con el sistema anterior.
Fuente: SAT
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compartelo!!
No hay comentarios:
Publicar un comentario