13 agosto 2012

NUEVO ESQUEMA DE PAGOS PARA PERSONAS FÍSICAS



A partir de septiembre de 2012, todas las personas físicas pueden utilizar el servicio de pagos referenciados



Si eres persona física y en 2011 declaraste ingresos superiores a $1,000,000 deberás utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado), para hacer los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de agosto de 2012 y subsecuentes.

El servicio antes citado podrá ser utilizado de manera opcional por todas las personas físicas a partir de dicho mes.

Para estos efectos bastará con:

  1. enviar tu declaración al SAT a través de Internet
  2. de resultar impuesto a pagar se generará la línea de captura para que realices el pago en una institución bancaria, sin exceder el plazo establecido en dicha línea.


Recuerda que para utilizar el servicio de pago referenciado es necesario contar con CIEC o Fiel, por lo que si no cuentas con ella debes solicitar una cita y acudir a una oficina del SAT.


Ventajas del nuevo sistema:

  • facilita el pago de impuestos en bancos al utilizar el servicio de depósito referenciado
  • facilita la presentación de las declaraciones al utilizar una aplicación que calcula el impuesto y contiene ayuda en línea
  • disminuye el tiempo de elaboración de las declaraciones complementarias debido a que presenta datos pre-llenados en la declaración.
  • elimina la presentación de la declaración informativa de razones por las cuales no se realiza el pago (aviso en cero) y la declaración de corrección de datos.


Declaraciones complementarias de personas morales

Desde el pasado 2 de julio, las personas morales deben presentar declaraciones complementarias para corregir o modificar las declaraciones que hayan presentado en el esquema anterior de pagos electrónicos. Las aplicaciones de avisos en ceros y de corrección de datos dejaron de operar para evitar duplicidades.




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RECIBO ELECTRÓNICO DE PAGO (REP)