El entero de aportaciones y descuentos seguirá siendo bimestral hasta
que la LISSSTE establezca que los pagos se efectúen de manera mensual
El nuevo Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit
(Ripaedi), ha originado dudas acerca del plazo para pagar las
aportaciones de vivienda (5%) y amortizaciones de créditos otorgados por
dicho organismo, por lo que se hacen necesarias las siguientes
precisiones.
Los preceptos de este Reglamento que contemplan los plazos para el
pago de esos conceptos son el 23, segundo párrafo y 43 –antes 21 y 41
respectivamente–, los cuales señalan que: el entero de las aportaciones y
descuentos será por mensualidades vencidas, a más tardar los días 17
del mes siguiente a aquél al que corresponda el pago.
No obstante, el artículo Sexto Transitorio del Decreto por el que se
reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Infonavit, en
vigor a partir del 1o de julio de 1997 establece que la periodicidad del pago de las aportaciones y descuentos continuará siendo de forma bimestral hasta que en la LISSSTE se establezca que los enteros serán mensuales, sin que hasta el momento hubiese tenido lugar.
Como puede apreciarse, la disposición que prevé el entero bimestral
tiene una jerarquía superior porque pertenece a la Ley del Infonavit,
por tanto para este 2012 las aportaciones y amortizaciones de vivienda
deben cubrirse en las siguientes fechas:
Bimestre |
Fecha límite de pago |
1o |
20 de marzo de 2012 |
2o |
17 de mayo de 2012 |
3o |
17 de julio de 2012 |
4o |
17 de septiembre de 2012 |
5o |
20 de noviembre de 2012 |
6o |
17 de enero de 2013 |
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