Los contribuyentes que presenten las declaraciones bimestrales correspondientes al ejercicio fiscal 2014, a más tardar en enero de 2015, no se ubicarán en el supuesto establecido en el artículo 112, fracción VIII, segundo párrafo de la Ley del ISR”. 4to. Anteproyecto a la RMF 2014.
Fuente: SAT
Compartir nos ayuda a todos, Si te gusto Compártelo!!
No hay comentarios:
Publicar un comentario