El Programa Crezcamos Juntos fue presentado para ampliarlas facilidades del Régimen de Incorporación Fiscal el cual busca hacer atractiva la transición a La formalidad
La estrategia Crezcamos Juntos parte de tres premisas fundamentales:
- Combatirla informalidad de manera integral, transversal;
- La innovación, para generar incentivos dirigidos a quien hoy decide estar en la informalidad, como el Régimen de Incorporación Fiscal y el Régimen de Incorporación a La Seguridad Social, y
- La comunicación en todos los niveles, en todo el país, para que se conozcan los beneficios, se comprendan los mecanismos y reciban la asesoría para ser formales.
Los beneficios para las personas que se sumen a este esfuerzo son acceso a los servicios médicos y sociales del IMSS para el dueño del negocio y para sus empleados; pensión para el retiro y créditos a la vivienda.
También contaran con descuentos en el pago del Impuesto Sobre la Renta durante 10 anos; apoyos económicos a Los pequeños empresarios a través del Instituto Nacional del Emprendedor; créditos para los negocios y sus empleados, gracias alas garantías que otorgara Nacional Financiera, y acceso a los programas de capacitación en el trabajo mediante la Secretaria del Trabajo y Previsión Social.
Decreto de Beneficios Fiscales para RIF
Se firmó un decreto que contempla tres medidas para ampliar las facilidades y beneficios del Régimen de Incorporación Fiscal el cual fue publicado el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación.
- Que los contribuyentes que realicen ventas al publico en general, hasta por 100 mil pesos anuales no pagaran el Impuesto al Valor Agregado (IVA) ni el Impuesto Especial de Producción y Servicios (IEPS), durante los primeros diez anos.
- Que los contribuyentes con ventas al publico en general, con ingresos entre 100 mil y 2 millones de pesos anuales no pagaran IVA ni IEPS en su primer año de incorporación y se les otorgaran descuentos durante los siguientes nueve años.
- Sera mas sencillo para calcular los impuestos, ya que bastará con que especifiquen dos datos: la actividad a la que se dedican y el monto de sus ingresos.
Aquí el Decreto.
Fuente: http://contadormx.com/
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