26 julio 2011

INPC ¿CALCULADO Y PUBLICADO POR EL INEGI?


A partir del 25 de julio de 2011, el INPC ya no será dado a conocer por el Banco de México sino por el INEGI


Al haberse dado a conocer en el DOF del 16 de abril de 2008, el Decreto por el que se expide la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (LIEG) en su artículo 59, fracción III se le confirió al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) la facultad de calcular y publicar el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) a partir de la primera quincena de julio de 2011 (artículo primero transitorio).

Derivado de tal potestad se realizó la inclusión legislativa respectiva especificando que la referencia al INPC a cargo anteriormente del Banco de México, se entendería efectuada a partir del 15 de julio de 2011 a la que publicara el Instituto, además de abrogarse la anterior LIEG, así como todas aquellas disposiciones contrarias al nuevo ordenamiento, por ello, no es necesario modificar el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación aun cuando siga mencionando al INPC calculado por el Banco de México (artículo décimo séptimo transitorio).

Empero, el Banco de México conserva el acceso, sin restricción alguna, a la metodología, bases de datos, información y procedimientos utilizados por el INEGI para calcular el INPC (artículo décimo primero transitorio).

Así, a partir de la fecha indicada, el INEGI publica el INPC; por lo que para consultarlo será necesario ingresar a su página de Internet.


FUENTE: IDC ONLINE

21 julio 2011

DICTAMEN FISCAL 2010 / DUCTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS DICTÁMENES FISCALES 2010.



El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal y de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT, presidida por la C.P.C. Laura Grajeda Trejo, informa que el Servicio de Administración Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes y de los contadores públicos registrados el Módulo de Recepción de Dictámenes Fiscales a través de su página de Internet, www.sat.gob.mx, o directamente en la aplicación de Sipred, por lo que a partir de éste momento se podrán presentar los informes fiscales relativos.

Cabe mencionar que el Instituto Mexicano de Contadores Públicos en forma conjunta con el personal del Servicio de Administración Tributaria ha participado activamente en la elaboración de pruebas de envío de dictámenes fiscales, por lo que es importante considerar que, si no se presenta ningún problema tecnológico, el tiempo requerido para enviar un dictamen fiscal es de aproximadamente 15 minutos dependiendo de las facilidades tecnológicas con las que se cuente; por lo que los invitamos a que, de ser posible, no esperemos llegar a las fechas límite para hacer los envíos correspondientes.

Del mismo modo, resaltamos que la autoridad enfatizó que:

1. Los contribuyentes obligados a presentar sus estados financieros dictaminados para efectos fiscales y aquellos que decidan presentarlos de forma voluntaria, deben confirmar el funcionamiento y vigencia de su Firma Electrónica Avanzada, de manera que se aseguren que está vigente y su vencimiento no está cerca de las fechas límite para presentar su dictamen fiscal; evitando confundirla con el certificado del sello digital.

2. La fecha límite para presentar los dictámenes fiscales correspondientes al ejercicio fiscal que concluyó el 31 de diciembre de 2010, será a más tardar el próximo 15 de agosto.

En el caso de las sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán presentar los dictámenes fiscales a más tardar el 31 de agosto de 2011.

Les mantendremos informados sobre cualquier asunto relacionado con este tema.


El contenido de este folio, es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.
FUENTE: IMCP

20 julio 2011

SAT / BOLETIN SINDI MARZO-ABRIL


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal de Internet www.sat.gob.mx , el boletín SINDI por los meses de marzo y abril, cuyo contenido es el siguiente:   

Fisco avisos:
  • Dictamen fiscal por Internet (Sipred 2010)
  • Programa electrónico F3241
  • Régimen fiscal aplicable a las Asociaciones Religiosas para el ejercicio 2011
  • Aviso de cambio de domicilio fiscal por internet o en salas de internet de las ALSC
  • Estímulo fiscal a los pagos por servicios educativos
  • Preguntas y respuestas sobre el estímulo fiscal a los pagos por servicios educativos
  • Servicio de declaraciones y pagos, pago referenciado
  • Pago con tarjeta de crédito
  • Devoluciones por internet
  • Comprobantes impresos con código de barras bidimensional (CBB) en historieta
Planteamientos:
  • Información del IVA en el anexo 5 del Declara SAT
  • Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) y Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI)
  • Aviso de seguridad informática
Publicaciones:
  • Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2010
  • Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010
  • Preguntas frecuentes de marzo y abril de 2011
Para ver el contenido completo clic aquí 

FUENTE: SAT-IMCP

18 julio 2011

DICTAMEN FISCAL / SIPRED. FACILIDADES PRÁCTICAS DE ELABORACIÓN Y MANEJO. TRABAJO DE LA COMISIÓN DE AGAFF CENTRO OCCIDENTE.


El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de su Vicepresidencia de Fiscal y de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT presidida por la C.P.C. Laura Grajeda Trejo, da a conocer los trabajos realizados para facilitar el cumplimiento de obligaciones en materia de dictamen fiscal.

La Comisión representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT, de la Zona Centro Occidente presidida por el C.P.C. Juan Martín Gudiño Casillas, con la finalidad de proporcionar información amplia del dictamen fiscal, llevo a cabo un análisis detallado del propio informe en su conjunto así como del sistema y otros informes específicos que los CPR´s deben presentar a la autoridad fiscal.

Aprovechamos en hacer de su conocimiento que esta investigación es un complemento de nuestra obra Institucional denominada “Lo que usted debe conocer acerca del dictamen fiscal”, misma que fue elaborada por la propia Comisión Representativa ante AGAFF a nivel Nacional, y que será actualizada al 8 de septiembre de 2011 en el marco del 50 Aniversario de presentación de estos informes a la autoridad fiscal, que vienen del año 1961 ante la SHCP ahora SAT.

Con gusto les comparto que a partir del día de hoy, estará disponible en la siguiente dirección, la información antes descrita: http://imcp.org.mx/IMG/zip/SIPRED%202010.zip

Es importante mencionar que debido al peso del archivo (565 MB), el tiempo de descarga puede variar de acuerdo a su velocidad de conexión a internet.

Descargar Folio 56 clic aquí

FUENTE. IMCP

RECIBO ELECTRÓNICO DE PAGO (REP)